Concepto de Poder Paternal
Hasta alcanzar la mayoría de edad o la emancipación, los hijos están sujetos al poder paternal que, en la constancia del matrimonio o pareja de hecho, pertenece a ambos padres, a quien corresponde en los términos de la ley y en el superior interés de los hijos, velar por la salud y por la seguridad de éstos, garantizando su sustento, dirigiendo su educación, representándolos y administrando sus bienes. En caso de disolución del matrimonio, por divorcio, separación, anulación o nulidad, el poder paternal será ejercido en la forma acordada por los progenitores, sujeta a la homologación judicial. En la ausencia de acuerdo, será el tribunal quien decidirá el poder paternal.