El término aval designa una garantía dada por una tercera persona o entidad (o avalista) al acreedor de un crédito concedido. En un crédito bancario o aval corresponde generalmente a una garantía personal. Pero existen diversas situaciones en que intervienen con su aval instituciones como el propio Estado (por ejemplo en una emisión de un préstamo obligacionista) o las instituciones financieras. Hace algunos años fueron incluso creados fondos retenidos por un grupo de instituciones financieras y estatales destinadas a dar el aval a contratos de financiamiento: los llamados fondos de garantía mutua.