¿Qué es el BCE – Banco Central Europeo?
El BCE – Banco Central Europeo es el Banco Central de los 19 países de la Unión Europea que adoptaron el euro como moneda nacional. Es una institución oficial de la Unión Europea y constituye la esencia del Eurosistema y del Mecanismo Único de Supervisión (MUS), siendo su objetivo principal mantener la estabilidad de precios en la llamada Zona Euro y, de ese modo, preservar el poder de compra de la moneda única y su valor relativamente a otras monedas.
Funciones, atribuciones y principios de funcionamiento del BCE
El BCE desempeña un conjunto extenso de actividades en estrecha cooperación con los bancos centrales nacionales de los países de la Zona Euro y, en lo que respecta a la supervisión bancaria, con las autoridades de supervisión nacionales de los países participantes en el Mecanismo Único de Supervisión.
De esta forma, y teniendo en cuenta lo referido, son funciones y atribuciones principales del BCE (las cuales están definidas en el Tratado sobre el Funcionamiento de la Unión Europea y especificadas en el Protocolo relativo a los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo) las siguientes:
- la definición y ejecución de la política monetaria de la zona del euro, siempre con el objetivo primordial de asegurar la estabilidad de los precios;
- la realización de operaciones cambiales a través de diverso tipo de intervenciones concertadas o no con otros Bancos Centrales;
- la detención y gestión de las reservas oficiales de los países de la zona euro (gestión de las carteras de activos de reserva y de fondos propios) de forma a garantizar la liquidez necesaria para eventuales operaciones cambiales;
- la promoción del buen funcionamiento de los sistemas de pagos liquidación de títulos, operando un sistema de pagos de grandes cantidades en euros, el TARGET2, así como un mecanismo que posibilita la utilización transfrontera de activos de garantía, el CCBM.
- La supervisión prudencial de las instituciones de crédito establecidas en los Estados Miembro participantes, funciones que ejerce en el ámbito del Mecanismo Único de Supervisión, compuesto por el BCE y por las autoridades nacionales competentes.
Además de éstas, el BCE tiene también diversas funciones, concretamente: (i) tiene el derecho exclusivo de autorizar la emisión de billetes en la zona euro; (ii) la recogida (en conjunto con los Bancos Centrales Nacionales), junto de las autoridades nacionales o directamente junto de los agentes económicos, la información estadística que necesita para el cumplimiento de las atribuciones del SEBC; (iii) garantizar la estabilidad y supervisión financiera, contribuyendo para la buena gestión de las políticas desarrolladas por las autoridades competentes en lo que se refiere a la supervisión prudencial de las instituciones de crédito y a la estabilidad del sistema financiero; (iv) la cooperación internacional y europea a través de relaciones de trabajo que mantiene con instituciones, organismos y fórums, a nivel de la UE y mundial, relevantes en el ámbito de las atribuciones cometidas al Eurosistema.
Estas funciones del BCE son ejercidas con base en los siguientes principios:
- Responsabilidad, independencia, credibilidad y proximidad de los ciudadanos en Europa, en el Eurosistema y en el Mecanismo Único de Supervisión, se atribuye gran importancia a la credibilidad y a la responsabilidad, existiendo patrones elevados de transparencia y respetando los requisitos de confidencialidad aplicables.
- Identidad compartida, papeles y responsabilidades bien definidas y buena gobernación: en el Eurosistema y en el Mecanismo Único de Supervisión se persigue reforzar las identidades compartidas de todos los miembros, en un cuadro en que todos los miembros tienen papeles y responsabilidades bien definidas.
- Buenas prácticas en la supervisión bancaria; igualdad de trato y condiciones: en el Mecanismo Único de Supervisión, se ajusta el cuadro de supervisión europeo, combinándolo con los nuevos enfoques nacionales, con el fin de crear un cuadro de buenas prácticas para la supervisión bancaria en todos los Estados Miembro participantes, tomando partido de la perspectiva de conjunto de todas las instituciones. El Mecanismo Único de Supervisión asegura el cumplimiento del conjunto único de reglas y de los principios y prácticas de supervisión aplicables, garantizando así la igualdad de trato y de condiciones para todas las instituciones supervisadas.
- Enfoque basado en el riesgo y proporcionalidad.
References:
Website do Banco Central Europeu: https://www.ecb.europa.eu/ecb/orga/html/index.en.html